lunes, 28 de abril de 2014

DD HH Monitoreo de Lugares de Encierro Complejo Esperanza

La Justicia nos dio la razón





















El juez en lo Penal Juvenil de 4º Nominación, José González del Solar, al hacer lugar al hábeas corpus colectivo correctivo promovido por cuatro legisladores debido a las condiciones de alojamiento de menores, dispuso que la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) presente en el término de diez días “un cronograma de trabajos de mantenimiento y refacción de los institutos y dependencias integrantes del Complejo Esperanza, con precisión de los plazos de ejecución” de dichas obras.
Asimismo, el magistrado emplazó a la SENAF para que, en el término de 60 días, “dicte un reglamento de convivencia para los establecimientos de su dependencia, y para que en el término de un año incorpore a ellos profesionales o técnicos en educación social, para que compartan la vida cotidiana con los internos y para que propicien la asunción de hábitos y habilidades para su integración social, su reflexión sobre la propia existencia y la asunción de un proyecto de vida con cara al futuro”. 

En la misma dirección, el juez recordó “a las autoridades de la SENAF su deber inexcusable de ejercer el control y la supervisión de las instalaciones y servicios de alojamiento, comida, abrigo, salud, educación, recreación y distribución racional de los internos en el Complejo Esperanza, para garantizar condiciones dignas a quienes son confiados a su guarda”.
El magistrado también intimó a la SENAF para que, dentro de las 72 horas, “restablezca la asistencia a la escuela de toda la población del Módulo II (ex Nuevo Sol), aun con auxilio de la fuerza pública si fuere menester”. Esto último, debido a que “los guardias se niegan a llevar a la escuela a los internos que se encuentran sujetos a la medida de coerción que autoriza el art. 100 de la Ley Provincial 9944, llamada privación cautelar de libertad, aduciendo falta de seguridad”.
El juez consideró que, como consecuencia de la inspección ocular concretada el 24 del corriente, pudo “constatar, en general, la situación descripta”·por los demandantes, y que “se ha documentado con material fotográfico obtenido por personal técnico de Policía Judicial”.

El valor de la educación 
Si bien precisó que “no había hacinamiento evidente, y la nómina de internos no arrojaba una excedencia con respecto a las plazas habilitadas”, el magistrado concluyó que, en los dormitorios, “se percibe un ambiente inhóspito, con ausencia parcial de vidrios en los cerramientos y paredes sucias en que los internos insertan leyendas o imágenes pertenecientes a la subcultura allí dominante”.
No obstante, Gozález del Solar ponderó que, más allá de la importancia de los trabajos “para mantener y mejorar las instalaciones” del establecimiento, debe haber una “tarea educativa que promueva a los jóvenes internos, que los estimule a sobreponerse a la adversidad, que los aparte de las descargas impulsivas y que los introduzca en la conciencia de la propia dignidad y en el respeto a los derechos y libertades de sí mismo y de los demás (art. 40, in principio, de la Convención sobre los Derechos del Niño).
El juez insistió en que “ni un incremento del personal de seguridad que presta servicios en el Complejo podría suplir lo que es una carencia enorme, indisimulable y ya a esta altura imperdonable: la falta de un servicio educativo para estos jóvenes que se encuentran allí en razón de la inconducta que se les atribuye y que denota dificultades de desarrollo personal e integración a la vida social”. “De ninguna manera se crea que esto se resuelve con más horas de actividad áulica, por necesaria que sea. No. Esto requiere una educación de la vida cotidiana, una presencia permanente de educadores sociales, aptos para estimular en ellos la adquisición de hábitos y habilidades para su integración social, la reflexión y búsqueda de un sentido en su propia existencia”, enfatizó.

Fecha de la resolución: 28 de abril de 2014 
Causa: “Hábeas Corpus Correctivo presentado por los legisladores provinciales Roberto C. Birri, Liliana R. Montero, Edgar S. Clavijo y Marta N. Juárez a favor de jóvenes internados en el Complejo Esperanza”


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