Juecismo pide al Gobernador De La Sota anular permiso a Monsanto
En representación del Bloque de Legisladores del Frente Cívico nos dirigimos a Ud. a fin de solicitar que ordene la anulación de la Resolución N° 595 de fecha 24.08.2012, emitida por el ex Secretario de Ambiente Federico Bocco, por la cual se autoriza el “Aviso de Proyecto” presentado por la Empresa Monsanto Company en abierta violación a lo establecido en la Ley Provincial 9841 – “Regulación de Usos del suelo en la Región Metropolitana de Córdoba” – toda vez que la mencionada resolución habilita la instalación en una zona reservada para actividades “Agropecuarias No Contaminantes”.
Si bien en nuestro
ordenamiento legal la habilitación del uso del suelo es una facultad de
exclusiva competencia municipal, en este caso la Municipalidad de Malvinas
Argentinas, la Secretaría de Ambiente Provincial se ha reservado para sí –a
través de la ley 9841- el ejercicio de atribuciones y facultades propias y
exclusivas en materia ambiental, de manera especial, al momento de “aprobar
ambientalmente” los “Avisos de Proyectos y/o Estudios de Impacto
Ambiental” y que se traducen en la
observancia de las exigencias contenidas en la ley provincial de preservación
del ambiente n° 7343, por lo que es obligación de dicha Secretaría de Ambiente
verificar, previo a la emisión de la correspondiente Resolución, si se han
respetado los preceptos relacionados con la Ley de Usos del Suelo previstos en
la Ley 9841.
No obstante esto la
Municipalidad de Malvinas Argentinas adhirió en todos sus términos a la
mencionada Ley Provincial N° 9.841 de “Regulación de Usos del Suelo en la
Región Metropolitana de Córdoba”, mediante Ordenanza Municipal N° 714/2011, por
lo que todo ordenamiento de usos del suelo anterior que pudiera existir en dicho municipio que
contradiga a la mencionada Ley Provincial 9.841 queda sin efecto a partir de
dicha adhesión.
Finalmente, la Ley de Ambiente
13.428 aprobada el pasado 11.06.2014 por esta Legislatura de la Provincia de
Córdoba ratifica la vigencia en su Capítulo III –Ordenamiento Ambiental del
Territorio- artículo 12, inciso “b”, apartado “3” de “La Legislación
Provincial, programas y acciones en materia de planificación del Área
Metrtopolitana” –Ley Provincial 9.841 de “Regulación de Usos del suelo en la
Región Metropolitana de Córdoba”- y en su apartado “4” “Ordenamientos de uso
del suelo y territoriales ambientales desarrollados por municipios y comunas en
su ámbito jurisdiccional y que se
encuentren vigentes” -Ordenanza Municipal N° 714/2011 de adhesión a la Ley
9.841- por lo que sin ninguna duda debe ordenarse la anulación de la Resolución
595 de la Secretaría de Ambiente y notificar a la Empresa Monsanto Company que
por estos motivos se rechaza el proyecto de instalación de una planta de acondicionamiento
de semillas la localidad de Malvinas Argentinas.
Sin otro particular saludamos a
Ud.muy cordialmente.
Ricardo
Fonseca
Santiago Clavijo Liliana Montero
Vicepresidente
1º Vicepresidente Presidente
Poder
Legislativo
Bloque Frente Cívico
Bloque Frente Cívico
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